Papel moneda municipal

En la Guerra Civil española, en la zona Republicana, uno de los principales problemas de la vida cotidiana a partir de octubre de 1936 fue la falta o escasez de moneda fraccionaria para el comercio diario, que obligó a fabricar monedas de necesidad.

En Cataluña, el consejero de finanzas de la Generalidad, Josep Tarradellas, aprobó la Ley Municipal Catalana de 9 de octubre de 1936. Esta ley, permitía a los ayuntamientos emitir moneda fiduciaria de pequeños valores divisionarios, de curso legal y obligatorio, pero limitado a la propia población. Hay que precisar que los ayuntamientos no estaban autorizados a emitir moneda legal, pero sí que estaban facultados para organizar y regular su vida económica y, por tanto, lo que realmente hicieron fue cortar en pedazos pequeños el papel moneda legal del Banco de España o del recién creado Papel moneda de la Generalidad de Cataluña, ya que las emisiones de papel moneda local debían estar garantizadas en un depósito equivalente de estos billetes legales y oficiales.

– Asi en Sant Boi de Llobregat (Barcelona), el Ayuntamiento emitió, con fecha 19 de mayo de 1937, moneda de papel correspondiente a los valores de una peseta y de 50 y 25 céntimos. La emisión estaba garantizada con un depósito efectuado, al efecto, en el Banco de Vizcaya del municipio y reintegrable a la Caja Municipal. Los billetes estaban numerados y se conocen numeraciones de estas emisiones en tinta roja y en tinta negra. Para evitar falsificaciones, llevaban un sello en seco. Fueron impresos en los talleres Tipográfica Emporium, en el número 55 de la calle de Casanovas, de Barcelona. Más tarde se imprimieron unos discos de cartón con valores de 10 céntimos y 5 céntimos respectivamente. Los billetes iban firmados por el Alcalde-Presidente Sr. Vandellós, de Esquerra Republicana de Catalunya, que era el partido político que en aquella época tenía mayoría en el municipio; el Depositario, Sr. Raventós y el Secretario, Sr. Baldiri Déu.

– El Ayuntamiento de la Baronia de Rialb creó oficialmente, por acuerdo del día 10 de octubre de 1937 , una emisión de papel moneda con los valores de una peseta, 25 céntimos y 10 céntimos en forma de pequeños billetes impresos por ambas caras, por un importado total de 15.000 pesetas.

Al lado izquierdo de cada anverso figuraba el emblema de la Baronia de Rialb: la Casa Consistorial-una casa de planta baja y un piso-enmarcada por una orla ovalada y rodeada de hojas de laurel. Están firmados por el alcalde , José Ros y Raichs, y por el secretario municipal, José Fornell.

Al crearse esta emisión del Ayuntamiento, los billetes del Sindicato Agrícola ya no fueron admitidos como instrumento de cambio. Se supone que el importe general del papel moneda emitido en la Baronía fue aproximadamente de unas 18.000 pesetas de aquel tiempo, con una circulación simultánea de 15.000 pesetas.

En la Comunidad Valenciana casi todos los consejos municipales emitieron billetes, incluido la ciudad de Alicante, que estaban garantizados por los depositarios municipales. Los billetes municipales cumplian los requisitos legales de cualquier billete y las tesorerias municipales los controlaban.

La mayoria de los consejos municipales emitieron papel moneda municipal a pesar de la prohibición expresa de los gobernadores civiles. Las autoridades municipales de las ciudades de Valencia y Castellon acataron la autoridad y se encuentran entre las pocas ciudades de la España republicana que no emitieron moneda de necesidad

Para retirar de la circulacion las monedas de necesidad, de entidades regionales, locales y particulares el Ministerio ordenó el 6 de enero de 1938 la recogida en el plazo maximo de de un mes de todas las emisiones de vales, bonos, billetes o monedas que no hubiesen sido hechas por el tesoro Publico o por el banco de España. Despues de dicho plazo no podrian circular ni podrian entregarse como cambio ni en pago de mercancias.

El proceso resulto mas lento de lo previsto, ampliandose el plazo hasta el 26 Febrero de 1938. y ya el 11 de mayo se dispusieron medidas sancionadoras contra quienes utilizasen moneda distinta a la del estado en sus operaciones comerciales.

A pesar de ello, hubo ciertas resistencias en obedecer aquellas órdenes, y una parte mayoritaria de moneda local, continuó circulando hasta finales del año 1938

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